Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en Madrid por la adquisición de una vivienda

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  • Publicación de la entrada:27/10/2022
ITP Madrid

Como ya sabrás, a la hora de adquirir una vivienda debes afrontar el pago de una serie de impuestos y gastos, ya que en la compra de un inmueble no solo entra en juego su valor. Si hablamos de una residencia de segunda mano el gravamen estrella a pagar es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

Porque es sumamente importante conocer la cantidad total que acabaremos pagando por la compra de nuestra nueva propiedad.

Desde Avanza Homes pasamos a explicarte en que consiste este impuesto, cuándo y cuánto debes pagar por comprar una vivienda en Madrid y todas las bonificaciones existentes de las que puedes beneficiarte si cumples con ciertos requisitos.

¿Qué es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales?

Primero que nada, es necesario que entiendas que el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales es un tributo de naturaleza indirecta que grava las transmisiones patrimoniales onerosas, las operaciones societarias y los actos jurídicos documentados.

Por tanto, es un gravamen que debemos hacer frente en el momento de comprar una vivienda. Hablamos de un impuesto estatal cedido a las Comunidades Autónomas, es decir, son estas las encargadas de regular los tipos impositivos y recaudar dicho impuesto.

A la hora de realizar transacciones de compraventa de bienes inmuebles de segunda mano, tú como comprador, deberás presentarte ante la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria donde esté ubicado el inmueble y pagar el porcentaje sobre el precio real del bien adquirido.

En el caso de Madrid y en la transmisión de inmuebles por carácter general deberemos pagar un 6 %, aunque existen bonificaciones o deducciones que pueden mejorar tu resultado final de la declaración.

Como hemos mencionado, existen diversas operaciones sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Podemos diferenciar tres grandes modalidades:

  • Trasmisiones Patrimoniales Onerosas: aplica sobre toda transmisión de bienes entre particulares que no se encuentran gravados por el IVA, entre ellas la compraventa y alquiler de propiedades.
  • Operaciones societarias: actividades que entrañan la constitución o la disolución de sociedades y cuando se realice un aumento y disminución de su capital social.
  • Actos jurídicos documentados: grava documentos notariales, mercantiles y administrativos.

Tipos de gravamen y bonificaciones

En relación con la adquisición de un inmueble, podemos diferenciar varios tipos de gravamen y deducciones si cumples con una serie de requisitos.

Tipo general

Con carácter general, en las transmisiones de bienes inmuebles en la Comunidad de Madrid, se aplicará el 6 %. Por ejemplo, en una compra de una vivienda de segunda mano por 100.000€, el ITP será de: 100.000 x 0,06 = 6.000€.

Pero si has adquirido la vivienda a partir del 1 de enero de 2019 puedes beneficiarte de una bonificación del 10 % en tu cuota tributaria. Para ello deberás cumplir con dos condiciones:

  • Que la vivienda sea considerada habitual.
  • El valor del bien inmueble sea igual o inferior a 250.000 € (en este valor pueden incluirse la vivienda, trastero y dos plazas de garaje).

Como es normal, este tipo de gravamen no es compatible con la reducción de familia numerosa.

Por familia numerosa

En este caso, cuando estemos hablando de una familia integrada por uno o dos ascendientes y tres o más hijos, se establece una reducción. Se aplicará un 4 %, siempre y cuando sea considerada vivienda habitual y que el sujeto pasivo sea el titular de la familia numerosa.

Por empresas inmobiliarias

En el supuesto que se demuestre mediante un documento público que la vivienda es adquirida por una empresa inmobiliaria y tiene la finalidad de venderla, se aplicará un 2 %.

La venta posterior del inmueble adquirido por la empresa inmobiliaria deberá hacerse en un plazo máximo de 3 años y siempre deberá estar sujeta a la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

En este caso, quedan excluidos los inmuebles adquiridos en subastas judiciales.

¿Quién y cuándo se paga el ITP en Madrid?

El responsable de pagar el ITP siempre será el comprador de la propiedad, nunca el vendedor.

A la hora de efectuar una compraventa de un inmueble de segunda mano, el vendedor ya es el responsable de tributar en el IRPF por las ganancias patrimoniales (si las hay) obtenidas por su venta. Por tanto, en vendedor se encargará de pagar el IRPF y en comprador el IPT.

El plazo de presentación de este impuesto es de 30 días hábiles desde la escritura del bien inmueble.

Transmisiones Patrimoniales Onerosas

La adquisición de una vivienda está incluida en las Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Esta modalidad recoge las transmisiones retribuidas entre inter vivos, en decir, cuando se da un intercambio de patrimonio entre personas vivas a cambio de una cantidad de dinero.

Algunas de las situaciones donde tendrás que pagar este impuesto son:

  • Compraventa de un bien inmueble de segunda mano.
  • Arrendamiento.
  • Compraventa de un bien mueble (por ejemplo, un vehículo).
  • Préstamo entre particulares.
  • Concesión administrativa.

Así pues, a la hora de comprar una vivienda debemos hablar de Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

Forma de presentar el impuesto

A la hora de tramitar el impuesto, tienes la opción de hacerlo telemáticamente o acudiendo a la oficina de manera presencial.

Telemática

De esta forma no será necesario que te desplaces a las oficinas. Para poder presentarlo telemáticamente deberás descargarte un programa de ayuda, donde tendrás que cumplimentar correctamente el modelo 600 y anexar la escritura del bien inmueble antes de efectuar el ingreso.

Para poder realizar la presentación telemática de las Transmisiones Patrimoniales Onerosas necesitarás el DNI electrónico o la Certificado Digital.

Presencial

La otra manera que tienes para realizar la tramitación del impuesto es presencialmente. Deberás imprimir y rellenar todos los documentos de la autoliquidación, acudir al banco para ingresarlo y pedir cita previa para su presentación.

 Además, tendrás que aportar la primera copia de la escritura y su copia simple.

Y hasta aquí, todo sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales relacionado con la adquisición de un bien inmueble. En Avanza Homes somos especialistas en la compra de viviendas y estamos familiarizados con estas tramitaciones, así que, si precisas ayuda para realizar su cálculo o su gestión, no dudes en consultárnoslo y te ayudaremos.

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