La actualización del alquiler es la facultad que tiene el propietario de subir la renta al inquilino anualmente. Este incremento, por lo general, suele ir vinculado al IPC (índice de precios al consumidor), pero existe una alternativa y esta es el IGC o Índice de Garantía de la Competitividad.
Los factores correctores del IGC lo hace menos volátil que el IPC.
Como siempre, desde Avanza Homes queremos hacerte llegar la información completa y que conozcas todas las opciones posibles. Por esto mismo, pasamos a explicarte en qué consiste este índice, cómo afecta a la actualización de la renta de alquiler y cómo calcularlo correctamente.
¿Qué es el IGC?
España, desde 1999, acumula una pérdida de competitividad con relación a la Eurozona. Por tanto, la necesidad por eliminar activos alcistas e intentar compensar vicios inflacionistas y contraproducentes en nuestra economía ocasionó que el Gobierno aprobara en la Ley 2/2015 de desindexación de la Economía Española una serie de reformas, entre ellas, la implantación del IGC.
El Índice de Garantía de la Competitividad es un porcentaje calculado con la media del IPC de todos los países que han adoptado el euro como moneda oficial y regulado por unos factores correctores, logrando así, ser un índice más estable para impulsar el crecimiento económico español a medio plazo.
Factores correctivos
Los elementos correctores, que establece el Gobierno para provocar una mayor estabilidad y fomentar la recuperación económica, son:
- Índice limitado: el IGC tiene como tope máximo un 2% y un mínimo del 0%. Es decir, la actualización de la renta de alquiler solo podrá subir hasta un 2% respecto al año anterior, garantizando así, un aumento progresivo y una mayor estabilidad.
- Toma como base el IPC de la eurozona: media del IPC de todos los miembros de la unión monetaria del euro que, habitualmente, presentan un IPC inferior al de España.
- Factor histórico: además aplica un porcentaje reductor por la pérdida de competitividad acumulada en la economía española.
El IGC y la actualización de la renta de alquiler
A la hora de redactar un contrato de arrendamiento, y como hemos explicado en diferentes ocasiones, es necesario que tanto inquilino como propietario participen activamente en su redacción, llegando a un acuerdo y detallando cada una de sus cláusulas.
En el momento de concretar el tema de la actualización de la renta de alquiler en el contrato, pueden darse diversas situaciones:
- Cláusula de no actualización: si ambas partes pactan e incluyen un apartado de no actualización de la renta de alquiler, esta no podrá modificarse durante el tiempo de duración del contrato de arrendamiento.
- Sin cláusula: si no presenta un apartado que hable sobre la actualización de la renta, las mensualidades no podrán ser modificadas hasta que finalice el contrato.
- Cláusula sin especificar índice: si presenta un punto donde hable de su actualización, pero no se determina el índice regulador, por defecto se aplicará el IGC.
- Cláusula especificando el índice: esta opción debería ser la correcta, donde inquilino y propietario lleguen a un acuerdo para escoger el sistema a emplear para actualizar las mensualidades.
También hay que dejar claro que el IGC solo podrá aplicarse a contratos de alquiler posteriores al año 2015. Al igual que con el IPC, la actualización de la renta de alquiler podrá actualizarse cuando se cumpla un año de vigencia del contrato y de manera anual.
IPC vs IGC
Es cierto que la elección del sistema para actualizar la renta puede beneficiar a uno más que a otro, por tanto, este punto debe ser sopesado y acordado por ambas partes.
En la actualidad, el Gobierno ha limitado el IPC con la finalidad de paliar los efectos de la guerra, permitiendo subir un 2% como máximo las rentas de alquiler. Aunque la fecha oficial tope es hasta diciembre de 2022, se está contemplando mantener la restricción hasta diciembre de 2023.
A continuación, y dejando a un lado la situación actual, pasamos a hablarte de cómo puede beneficiarte un índice u otro dependiendo de tu figura en un contrato de alquiler.
- Arrendador: la inestabilidad del IPC en España es mayor que en otros países europeos, por tanto, beneficiarse de su alto índice te puede resultar más rentable, aunque en la actualidad, como hemos mencionado, esté limitado a un 2%.
- Arrendatario: gracias a los factores reductores del IGC, este índice puede ser más ventajoso para la figura del inquilino, ya que las subidas son más naturales y, desde luego, asequibles.
Cómo calcular la renta actualizada con el IGC
Para calcular la nueva renta que puedes reclamar a tu arrendatario o saber cuánto puede subir tu mensualidad este año, puedes hacerlo de la siguiente manera.
Una vez transcurrido un año desde la firma del contrato simplemente deberás entrar en la página web del INE e introducir la renta inicial, el mes y el año a calcular, obteniendo así, el porcentaje de variación del IGC que puedes aplicar.
Desde Avanza Homes te recomendamos que, unos días antes de la fecha de actualización, notifiques al inquilino la actualización de la renta por escrito.
Ejemplo para calcular la nueva renta actualizada
A continuación, vamos a poner un ejemplo para calcular la actualización de la renta de alquiler con los siguientes datos:
- Fecha inicial: 1 de febrero de 2019.
- Fecha de actualización: 1 de febrero de 2020.
- Renta inicial: 600€.
- Variación de IGC: 1,2%
Cálculo de la nueva renta actualizada:
600 x 1,2%= 607,2 €
Tomando como referencia estos datos, la subida de la renta en ese periodo de tiempo sería de 7.02 €, quedando una renta de 607,2 €.
Como has podido ver, existe otra alternativa para actualizar la renta del alquiler. En Avanza Homes somos especialistas en alquiler viviendas y nuestro carácter transparente nos permite hablarte de todas tus opciones a la hora de alquilar un inmueble.